Según lo Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por lo que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, se entiende por reconocimiento de créditos a aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial. Asi mismo, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
La transferencia y reconocimiento de créditos en las enseñanzas de grado deberán respetar las siguientes reglas básicas:
- Siempre que el título a lo que se pretende acceder pertenencia a la misma rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento un número de créditos que sea por lo menos el 15 por ciento del total de los créditos del título, correspondientes a asignaturas de formación básica de dicha rama.
- Siempre que la titulación de destino a la que se pretende acceder pertenencia a la misma rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a asignaturas de formación básica de dicha rama.
- También tarde-noche objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas otras asignaturas de formación básica pertenecientes a la rama de conocimiento del título a lo que se pretende acceder.
- El resto de los créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las restantes asignaturas cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal.
Por otra parte, el estudiantado podrá obtener el reconocimiento de hasta 6 ECTS por su participación en actividades culturales universitarias, deportivas, de representación estudiantil, solidarias o de cooperación. Esta cantidad se substraerá del total de créditos de asignaturas optativas a cursar. La normativa y formularios para este tipo de reconocimientos está disponible en la página web del Vicerreitorado de Extensión Universitaria.
Reconocimientos automáticos
Al estudiantado procedente del Grado en Educación Primaria de la Universidad de Vigo se le reconocerán las siguientes asignaturas:
Al estudiantado que había cursado el Ciclo formativo de grado superior en Educación Infantil se reconocerán las seguientes asignaturas:
Al estudiantado procedente de las titulaciones extinguidas impartidas en la facultad se le aplicarán los siguientes reconocimientos: